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os jueces del Superior Tribunal de Justicia Javier Muchnik y Gonzalo Sagastume coincidieron ayer en equiparar a “un insulto” las declaraciones que formuló hace diez años el ex senador José Martínez sobre el desempeño del fiscal de Estado, Virgilio Martínez de Sucre, en el marco de un pedido de juicio político descartado luego por la Legislatura.
Con este fundamento como eje, los magistrados justificaron la sentencia que confirmó una condena post morten contra Martínez y que obligará a su familia a asumir un resarcimiento económico de unos 50 mil pesos, contando los intereses de una década.
El fallo de la Corte fueguina fue severamente criticado por ONGs, gremios, letrados, funcionarios, medios de comunicación y personalidades públicas de la provincia, generando un intenso debate sobre la libertad de expresión.
Los magistrados accedieron en la víspera a mantener un diálogo con tres periodistas de EDFM.
EDFM: El juicio civil iniciado por el Fiscal de Estado es por “daño moral”. ¿Cuál es el daño concreto que le produjeron al demandante las declaraciones del ex senador Martínez?
Gonzalo Sagastume: Lo que se catalogó en el recurso de casación y en las sentencias de grado es, concretamente, frases inútilmente vejatorias que afectaron el honor del accionante.
EDFM: ¿Pero de qué manera se meritúa el daño concreto que produjeron esas frases?
GS: Se valoraron las frases proferidas y esas son las que determinaron el daño.
EDFM: Entiendo, pero ¿en qué consiste ese daño, cómo se mensura?
Javier Muchnik: Bueno, el daño moral es algo que no debe probarse, sino que surge simplemente de la frase que daña el honor de la persona. Cuando una persona insulta a otra en términos fuertemente agresivos no hay necesidad de demostrar que ese insulto menoscabó una condición determinada. El solo insulto afecta el honor de la persona, y produce un daño.
Y habría que aclarar algo más. Cuando se trata de hechos, esos sí deben probarse. Si yo digo que alguien ingresó a las 3 de la tarde con plata que robó de un banco, eso merece ser probado. Cuando ese hecho se le enrostra a un funcionario público, quien tiene que demostrar (que no robó) es el funcionario. Eso es la famosa real malicia. Ahora, cuando se trata de juicios de valor, de opiniones o de ideas, que afectan al honor, no son factibles de ser probadas, salvo que la persona diga “yo no dije eso”. En este juicio particular (el de Martínez) no negó haber dicho lo que dijo.
Por otra parte no hay ningún tribunal del mundo que diga que los funcionarios no tienen honor. En doctrina se dice que tienen un honor más debilitado, pero el límite es el insulto.
EDFM: ¿Cómo definiría un insulto?
JM: Por lo pronto todos sabemos qué es un insulto. Si yo digo que vos sos un mal periodista porque no investigás bien, es una crítica fuerte. Pero si a eso le agrego que a partir de tu falta de investigación estás favoreciendo la corrupción en la provincia, te podés sentir menoscabado en tu dignidad. El honor es uno de los bienes jurídicos más importantes de una persona. Después de la vida es el que sigue. Hace a la dignidad. Me parece que solo puede entenderlo alguien que lo vivió.
EDFM: ¿Lo que usted afirma entonces es que las expresiones de Martínez son equivalentes a un insulto?
JM: Exacto.
EDFM: Pero Martínez, en todo caso, ¿no hizo una acusación? ¿Cómo se puede considerar un insulto a una acusación que ni siquiera la propia Justicia se tomó el trabajo de definir si era cierta?
JM: Lo que pasa es que decirle a una persona que es corrupta, es equivalente a insultarla.
EDFM: ¿Y si es verdad?
JM: Bueno, si es verdad, estaríamos en la categoría de hecho, no de opinión. Si eso es verdad, debería serlo a partir de un fallo condenatorio.
EDFM: ¿Y ustedes consideran un insulto a una acusación que todavía no se sabe si es cierta?
JM: Es que la parte demandada (Martínez) no alegó nunca en el expediente la veracidad de los extremos de imputación que hacía. Al contrario eran afirmaciones que … O sea no hubo concretamente una denuncia penal para que se investigue.
EDFM: A ver, usted considera un insulto algo que no se sabe si es cierto. Y si era cierto no era insulto. ¿Entonces cómo está seguro de que fue un insulto si por ahí es verdad?
JM: No, no, parece un juego de palabras, pero la idea es que no lo sea. A ver, la categoría de insulto y la de agravio, en realidad están equilibradas. Si usted dice que alguien es un corrupto, es un insulto, en cambio si usted dice “fulano de tal se quedó con dinero ajeno siendo funcionario público”, ahí está asignando hechos pasibles de ser falsos o verdaderos. El epíteto ladrón, o estafador, no es la asignación de una conducta delictiva, es un mote, un insulto, y por lo tanto no puede ser probado.
EDFM: ¿Y Martínez no hizo eso, no asignó hechos pasibles de ser investigados?
JM: Mire, él era funcionario público, y si tenía conocimiento de un hecho delictivo debió denunciarlo. Si no lo hizo y en cambió le puso un mote al presunto autor de esos hechos, está insultando.
EDFM: Martínez también dijo que el Fiscal de Estado no actuó como debería hacerlo hecho. ¿Eso también es un insulto?
JM: Hay formas de decir las cosas. La idea no es cercenar el debate de opiniones, sino en todo caso elevar el debate sobre las opiniones de otro. Si yo estoy frente a un funcionario que considero ineficiente, no tengo necesidad de decirle que es un corrupto y que es cómplice de la corrupción de la provincia.
EDFM: ¿Quién define cuándo una expresión es una crítica o un insulto?
GS: En principio lo define un juez, en un contexto, y ante un caso concreto. Es el rol que nos toca a los jueces. En este caso dentro de un recurso de casación sobre una sentencia previamente dictada donde nosotros no advertimos arbitrariedad. Es decir que consideramos que se podría haber puesto en el tapete al funcionario al que se aludió omitiéndose esas frases vejatorias y el desdén sobre el otro que genera esta indemnización por daños.
EDFM: ¿Por qué no se tuvo en cuenta el dictamen fiscal donde se menciona el riesgo de una eventual afectación a la libertad de expresión?
JM: Sí se tuvo en cuenta, no lo compartimos o no lo valoramos igual.
EDFM: Respecto del concepto incluido en el fallo, sobre frases “necesarias o innecesarias”, ¿es jurídicamente viable que un juez diga cuándo una palabra que va a usar un ciudadano para expresarse es necesaria o no? ¿No forma parte de la libertad de un individuo decidir cuándo una palabra es necesaria de pronunciarse y cuándo no?
GS: Por supuesto que es patrimonio de una persona determinar la forma de comunicarse, pero en cuanto a la necesidad o la no necesidad es precisamente a través de un expediente judicial en que se determina.
EDFM: O sea que depende de la subjetividad de un juez. ¿No es demasiado?
GS: No, porque tampoco es que cualquier cosa que se diga va a ser revisada. No es cualquier manifestación. En este caso se habló de complicidades, de estafas. Tampoco me parece que deba existir un catalogo de expresiones agraviantes, porque eso es de naturaleza imposible. Nosotros tomamos una decisión, para este caso.
EDFM: Que una frase sea considerada un insulto, y por lo tanto produzca un daño, ¿depende del contexto en que se profiera?
JM: Por supuesto.
EDFM: ¿Ustedes vivían en Tierra del Fuego cuando sucedieron los hechos relacionados con este caso?
GS: Sí, sí.
JM: Sí.
EDFM: ¿Consideran que había corrupción en la provincia en esos años, o al menos percepción general de corrupción?
GS: No podríamos hacer una aseveración de esa naturaleza. Me parece, además, que excede el marco de lo que estamos conversando, que está vinculado al fallo.
EDFM: La pregunta tiene relación con el caso. Martínez hablaba en un contexto de corrupción general, tanto que hasta el propio Poder Judicial fue desguazado y suplantaron a los jueces de este tribunal. Entonces, ¿no tendría que haber evaluado el contexto de las declaraciones de Martínez?
JM: Creo que es obligación de las partes arrimar esas argumentaciones como prueba.
GS: Lamentablemente no puedo hacer consideraciones sobre casos en los que me puede tocar intervenir.