l juez Laboral del Distrito Judicial Sur, Guillermo Penza, rechazó el pedido del gasista matriculado que fue bajado de la categoría 21 a la 10 debido a que la medida cautelar solicitada tenía por objeto la misma cuestión de fondo que el juicio sumarísimo entablado contra el Poder Ejecutivo Provincial.
Penza emitió una resolución en la que rechazó la solicitud del agente estatal José Miño, quien denunció días atrás haber sido víctima de una represalia por partes de autoridades del Gobierno de la Provincia luego de que denunciara una serie de irregularidades en las redes de gas de las escuelas públicas de la provincia. Miño, quien es delegado de la Unión del Personal Civil de la Nación UPCN), acudió a la Justicia luego de que repentinamente sus haberes se vieran reducidos drásticamente y de un mes para el otro.
En julio último, sin ninguna comunicación previa le fueron descontados 812 pesos de sus haberes bajo el ítem denominado "diferencia de remuneración". Al trabajador, en forma absolutamente ilegítima y arbitraria, sin que medie ninguna notificación ni acto administrativo, se le modificó de hecho la categoría y el sueldo. Concretamente fue pasado de la categoría 21 a la 10 luego de estar en el escalafón superior por 14 meses.
La petición ante el fuero Laboral consistía -como planteo de fondo- en que se ordenara el restablecimiento de las condiciones anteriores de trabajo, y que como medida cautelar de no innovar, se dispusiera la reinstalación del demandante en su puesto de trabajo".
El juez Penza consideró que precedentes del Superior Tribunal de Justicia "han sostenido invariablemente la improcedencia de una cautelar como la peticionada que, en verdad, parece coincidir con el objeto mismo de la acción de fondo".
Miño había denunciado una serie de irregularidades en julio último en las redes de gas en las escuelas durante el mes de julio, sobre las cuales se inició una causa penal que podría alcanzar a funcionarios de Obras Públicas por presunto "incumplimiento de los deberes de funcionario público".
Además para fundamentar el rechazo en torno al tecnicismo, Penza citó jurisprudencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. "Resulta improcedente la petición de una medida de no innovar sobre la relación de trabajo en un juicio que tiene por objeto la reinstalación de un trabajador que goza de la estabilidad gremial, pues tal cautela se confunde con la acción ejercitada y podría implicar prejuzgamiento sobre la cuestión de fondo".