a Justicia de Ushuaia hizo lugar ayer a un recurso de amparo y ordenó al Registro Civil de la provincia que autorice a una persona a figurar en su documentación personal con sexo “no binario”, es decir, ni masculino ni femenino, en lo que constituye el primer fallo judicial de esta clase en Tierra del Fuego, y uno de los primeros a nivel nacional.
Si bien la legislación actual de identidad de género en Argentina permite a los mayores de edad cambiarse el nombre en función de la identidad “autopercibida”, la clasificación por “sexo” (vinculada a características biológicas) sigue siendo entre dos únicas opciones (varón/mujer) y no contempla la posibilidad de quedar fuera de ellas.
Con este argumento como eje, el Registro Civil de la provincia rechazó el 19 junio de este año, el petitorio de esta persona, de 25 años y progenitor/a de un niño de 6 años, quien requirió, por un lado, cambiarse el nombre por el de Shanick Lucián Sosa Battisti (lo que está aceptado por la norma) pero también que en el casillero de “sexo” figurara como “no binario”.
Ante ello, y con el patrocinio letrado de abogados locales de la Organización No Gubernamental (ONG) “Red Diversa Positiva”, Shanick se presentó ante el Juzgado de Familia y Minoridad 1 de Ushuaia, a cargo del juez Alejandro Ferreto, a través de un recurso de amparo.
Después de analizar el caso y de atender en el expediente tanto la postura de la parte demandante como del Registro Civil, el magistrado hizo lugar ayer al planteo.
El fallo le ordenó al organismo que “en un plazo de cinco días”, expida “una nueva partida de nacimiento y un nuevo Documento Nacional de Identidad (DNI)” donde figure el cambio de nombre y, “en el casillero correspondiente al sexo, se haga constar “no binario/igualitario”.
Además, dispuso que el Registro Civil también rectifique la partida de nacimiento del hijo de Sosa Battisti, y haga constar el nuevo nombre y “sexo” de su progenitor/a.
“Al fin soy libre”
En la presentación judicial, Shanick explicó que “no puede percibirse ni pensarse dentro de lo que las estructuras sociales han denominado como hombre o mujer”.
“No me identifico en ninguno de los dos casilleros bajo los cuales tengo la posibilidad de reconocerme en mi documento. Esas posibilidades reducidas exceden mi autopercepción, y eso tiene consecuencias sobre mi identidad legalmente reconocida”, puede leerse en la demanda a la que accedió este medio.
“Desde hace más de diez años me siento diferente a la mayoría de las personas. No me considero ni varón ni mujer. Y estuve todo este tiempo buscando un significado a eso que sentía. Tuve dudas, me deprimí. Hasta que encontré a gente que le pasaba lo mismo y con ellos encontré la fuerza para hacer este reclamo”, explicó Shanick a EDFM.
“Fueron meses de lucha pero también de mucho acompañamiento. Recién hoy puedo decir con mucho orgullo que me llamo Shanick Lucián Sosa Battisti, y que soy libre al fin. Soy feliz”, aseveró.
Por su parte Erika Moreno, coordinadora provincial de “Red Diversa Positiva” calificó al fallo como “histórico” y recordó que la organización “viene acompañando otros reclamos de personas pertenecientes a la comunidad”, indicó en dialogo con EDFM.
“Hoy nos ocupa un caso de identidad de género de una persona que se autopercibe como no binaria. Es un gran avance, pero nos queda reivindicar otros derechos de minorías sexuales como la salud, la vivienda y el trabajo. Necesitamos políticas públicas activas”, reflexionó Moreno.
“Rompe el sistema binario”
En tanto Solange Verón, miembro de la organización “Transderechos” y una de las abogadas de Shanick en el caso, explicó que si bien la ley de identidad de género considera que debe darse una interpretación favorable a la autodeterminación del género, el Registro Civil interpretó que para el caso del sexo, la ley establece un sistema “binario y biologicista”.
“El impacto de esta sentencia es que rompe con ese sistema binario hetero normativo y propio del patriarcado, y genera un antecedente que podría aplicarse a otros casos por tratarse de un amparo por discriminación”, analizó Verón.
También aseguró que se trata de un “precedente nacional” y de la primera sentencia de su tipo en la provincia que “tendrá un impacto sobre la visibilización de este colectivo minoritario y sobre temas conexos como el lenguaje inclusivo”, indicó.
“Desde el punto de vista jurídico, el fallo atiende un documento esencial como es la opinión consultiva 24 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos donde se establecen pautas para la igualdad de género”, agregó la letrada.