Estuvo 23 años prófugo por matar a su esposa y ayer se entregó
CASO JUDICIAL EN RÍO GRANDE

Estuvo 23 años prófugo por matar a su esposa y ayer se entregó

El condenado por homicidio se fugó el 15 de febrero de 2001 y desde entonces jamás pudo ser localizado por las fuerzas de seguridad. Este martes se presentó en Tribunales de Río Grande y solicitó su libertad, por prescripción de la causa.
18/10/2023
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amón Ángel Abregú (70), se entregó a las autoridades judiciales este martes, luego de haber estado 23 años prófugo de la justicia, tras fugarse de la cárcel donde cumplía una condena de 20 años de prisión por haber asesinado a su esposa, Eva Falcón, hecho que sucedió el 3 de enero del año 2000.

Abregú se presentó en Tribunales acompañado de su abogado, Alejandro de la Riva, quien el año pasado había solicitado la libertad de Abregú, por prescripción de la causa. En aquel entonces el Tribunal de Juicio en lo Criminal rechazó esa solicitud, indicando que antes de resolver su situación debía estar a derecho.

El abogado dijo que Abregú estuvo escondido durante 23 años en la selva, en el Chaco Salteño, para evadir el accionar judicial, ya que pesaba en su contra un pedido de captura nacional e internacional, tras haberse fugado de las instalaciones que tenía la Policía en la margen sur, hecho que sucedió el 15 de febrero de 2001.

De la Riva dijo que “durante todo ese tiempo estuvo escondido. Ahora está indocumentado y a pesar de eso pudo volver a Tierra del Fuego, de polizón”. Este detalle no es menor, ya que evidencia que burló los controles de seguridad para poder ingresar a la provincia sin ser advertido que el individuo no tiene identificación y que es una persona con pedido de captura.

Abregú quedó detenido, en dependencias del Servicio Penitenciario, a disposición del Tribunal de Juicio que ahora deberá resolver el incidente que planteó el abogado de declarar prescripta la causa. En caso de considerar que así sucede, deberá declarar la inmediata libertad del condenado por homicidio simple.

En el pedido del abogado, expone que por manda constitucional, a todo procesado por la Justicia se le debe aplicar la ley más benigna, por ello en el caso puntual de Ramón Ángel Abregú no se lo puede encuadrar como un caso de “femicidio”, el cual es imprescriptible, ya que al momento de haber cometido el hecho y de ser condenado, no regía la ley 26.485 de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, la cual fue publicada en el Boletín Oficial el 11 de abril de 2009.

Cabe indicar que el artículo 65 del Código Penal establece que las penas prescriben en los siguientes términos: 1) La de reclusión perpetua, a los veinte años; 2) La de prisión perpetua, a los veinte años; 3) La de reclusión o prisión temporal, en un tiempo igual al de la condena; 4) La de multa, a los dos años.

El caso de Abregú encuadra en el inciso tercero. Teniendo en cuenta que fue detenido al momento del hecho, 23 de enero de 2000 y la condena fue impuesta en noviembre de ese mismo año. El Tribunal de Juicio lo condenó a cumplir la pena de 20 años de prisión.

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