Absolvieron a los cuatro guardaparques imputados
Caso Lolén

Absolvieron a los cuatro guardaparques imputados

El Tribunal Oral Federal de Neuquén resolvió absolver a los guardaparques procesados por la tragedia ocurrida en el Parque Nacional Lanín en 2016, en la que un árbol causó la muerte de dos menores de edad.
08/11/2023
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l Tribunal Oral Federal (TOF) de Neuquén decidió absolver este martes a los cuatro guardaparques que se encontraban procesados por el caso conocido como "Tragedia de Lolen", en la que en 2016, dos menores de edad resultaron muertos por la caída de un árbol en un camping del Parque Nacional Lanín.

El titular de Guardaparques, Diego Lucca; el jefe del Departamento de Conservación y Manejo, Juan Jones; la jefa de Uso Público del PNL, María Hileman y el guardaparque Matías Encina resultaron absueltos durante la audiencia realizada este martes por la tarde, encabezada por el tribunal integrado por los jueces Alejandro Cabral, María Paula Marisi y Pablo Díaz Lacava.

El TOF de Neuquén además absolvió a Milena Cheuquepán y Juan Delgado, dos miembros de la comunidad mapuche Curruhuinca, quienes estaban a cargo del camping donde se ocasionó la caída del árbol.

En la lectura del veredicto, se señaló que "dadas las particularidades de la causa, es inevitable traer a colación algunas consideraciones relevantes". "El lugar donde ocurrió el hecho es un Parque Nacional con lo que ello implica, un lugar donde lo que se pretende es proteger la naturaleza justamente de la acción del hombre".

Además, el Tribunal determinó que "nadie puede prever la hora de la muerte de un ser vivo", y que "no estaba establecido quién o quiénes debían revisar los árboles para establecer si existía un riesgo".

"Los hechos de la naturaleza hasta el día de hoy son casi impredecibles y los funcionarios que trabajan para el Estado no son responsables a menos que exista una norma concreta que establezca que debía realizar una tarea concreta para evitar ese hecho y no se hizo", se señala en el veredicto. En ese sentido, se manifestó que "nada de ello fue probado en el juicio y claramente quedó demostrado que los guardaparques aquí traídos a juicio no tenían ordenada esa función ni tenían la formación suficiente para establecer si un árbol podía llegar a colapsar".

Por ello, "entendemos que las personas traídas a juicio no son responsables penalmente del hecho aquí juzgado y por eso hemos resuelto absolver a todos los imputados de culpa y cargo por el hecho que fueran traídos a juicio sin costas", concluyó el magistrado.

Los agentes de la Administración de Parques Nacionales (APN) estaban imputados por homicidio culposo, presunto incumplimiento de los deberes de funcionario público y lesiones graves; mientras los integrantes de la comunidad mapuche Curruhuinca habían sido acusados de homicidio culposo y lesiones graves.

En la última audiencia, realizada el jueves pasado, el fiscal federal Miguel Palazzani había solicitado tres años de prisión y cinco de inhabilitación para los cuatro guardaparques procesados; y para Cheuquepán y Delgado pidió su absolución.

En el marco de su alegato de clausura, Palazzani señaló que "el árbol estaba en espacio público, en una playa pública y con jurisdicción directa de control por parte de la Administración de Parques Nacionales (APN)".

En tanto, los defensores de los guardaparques solicitaron la absolución de sus defendidos por considerar que hay una "ausencia de nexo causal" y porque "estamos ante un hecho completamente imprevisible", "nadie podía prever ni ponderar el riesgo de la caída de este árbol".

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