l pasado 29 de diciembre el Poder Ejecutivo dictó el decreto de promulgación de la ley que declaró necesaria la reforma de 70 de los 211 artículos que conforman la carta magna provincial, por lo que a partir del último día hábil del año pasado comenzó a desandarse el plazo máximo de 210 días que la Legislatura le fijó al Gobernador para que formalice el llamado a elección de los 15 convencionales que tendrán la responsabilidad de resolver sobre la potencial modificación la Constitución fueguina.
En la última sesión ordinaria del 2023, antes de la asunción de los actuales integrantes del parlamento provincial y con el voto favorable de los legisladores Federico Greve, Mónica Acosta y Daniel Rivarola de Forja; Emanuel Trentino de Unidos por el Pueblo; Ricardo Furlan y Federico Bilota del bloque PJ Provincial; Myriam Martínez del Frente de Todos-PJ; Laura y Jorge Colazo del Partido Verde, y Federico Sciurano de la UCR, y la negativa de Pablo Villegas y Damián Löffler del MPF; Victoria Vuoto del Partido Verde y Liliana Martínez Allende de la UCR, la Legislatura aprobó sobre tablas, sin análisis ni debate previo alguno, el proyecto del partido de Gobierno que plantea, sin precisión alguna, introducir cambios en artículos referidos a Forma de Gobierno, Límites, Capital, Presupuesto, Coparticipación, Legislatura, Tribunal de Cuentas, Fiscalía de Estado, Régimen Electoral, Régimen Municipal, entre otros.
Aun cuando la propia Constitución determina en el artículo 193 que “declarada la necesidad de la reforma total o parcial, el Poder Ejecutivo, sin formalidad ulterior, convocará a la elección de Convencionales” y que deberá “publicar durante 30 días corridos en los medios masivos de comunicación de la Provincia” la ley en cuestión “junto con la fecha en la que se elegirán los convencionales”, todavía nada de ello ha sido cumplido.
Tal lo determina la ley 1529, el Ejecutivo cuenta con 210 días desde promulgada la ley para convocar a elección de convencionales, plazo que fenece a fines del mes de octubre.
Los 15 convencionales deberán comenzar a sesionar en Ushuaia dentro de los 10 días posteriores a que la Justicia Electoral los haya proclamado, con el único objeto de considerar las reformas al texto constitucional fijados en la ley de declaración. Contarán con un plazo máximo e improrrogable de 60 días hábiles para concluir con su cometido.