Reempadronamiento de beneficiarios del subsidio al gas envasado
Consumo residencial de gas envasado y a granel

Reempadronamiento de beneficiarios del subsidio al gas envasado

La inscripción anual y obligatoria para seguir integrando el padrón de beneficiarios se realizará durante los meses de febrero y marzo.
01/02/2024
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esde el Gobierno de la Provincia se abrió el periodo para el reempadronamiento anual obligatorio de beneficiarios del Subsidio de Consumo de Gas Envasado para uso residencial, que está destinado a aquellas personas que no cuentan con distribución de gas natural domiciliaria. El consumo no debe estar destinado al desarrollo de actividades comerciales y/o con fines de lucro.

Para poder cumplimentar con el proceso de reinscripción virtual, los interesados deberán enviar, según corresponda, a [email protected]; [email protected] o [email protected],  la siguiente documentación:

- Foto de frente y dorso del DNI del titular y convivientes. (con domicilio actualizado).

- Foto de documento que acredite titularidad del terreno. Por ejemplo: certificado de RENABAP, constancia del IPV, Decreto Municipal de adjudicación, boleto de compraventa, escritura, contrato de alquiler o Permiso de ocupación municipal.

- Foto del frente de la vivienda y foto del terreno completo.

- Foto de una boleta de servicio del domicilio de los últimos 3 meses, a nombre del titular de la vivienda, por ejemplo, luz, teléfono, cable o internet.

- Informe de Existencia de red de Gas Natural emitido en el año 2024 por Camuzzi Gas del Sur (Certificación Negativa) para aquellos barrios que actualmente cuentan con la red.

Vale recordar que aún cuando el año pasado no se puso en vigencia, rige un “régimen de segmentación del subsidio provincial a los consumos residenciales de gas licuado de petróleo”, por el cual, en función de la ubicación geográfica de los hogares y el nivel de ingresos mensuales de los beneficiarios, el gobierno fueguino suspenderá el pago del subsidio a cargo del Estado Provincial.

De acuerdo con el decreto 2775/23, del pasado 9 de noviembre; los hogares incluidos o no en el Registro Nacional de Barrios Populares en Proceso de Integración Urbana (RENABAP) o barrios asimilables que perciban ingresos mayores o iguales a 7 SMVM dejarán de percibir el subsidio provincial. A diciembre del año pasado el Salario Mínimo Vista y Móvil era de 156.000 pesos

Los hogares Nivel 2, incluidos en el RENABAP o barrios asimilables con ingresos entre 5 y 7 SMVM deberán pagar el 20% del costo del GLP. El 80% restante sería cubierto por Provincia y Nación.

Los hogares Nivel 3, incluidos en el RENABAP o barrios asimilables con ingresos entre 3 y 5 SMVM pagarán el 10%. Provincia y Nación cubrirían el remanente.

Los hogares nivel 4, incluidos en el RENABAP o barrios asimilables con ingresos menores a 3 SMVM pagarán el 2% del costo del GLP, y el 98% restante será afrontado por Provincia y Nación.

Hasta ahora, la Provincia se hace cargo de pagar a las distribuidoras el 53,6% del valor del kilo de GLP, Nación el 45,9% y el beneficiario del subsidio un 0,4%.

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