Menos subsidios para usuarios de ingresos medios y bajos
Tarifa de Gas

Menos subsidios para usuarios de ingresos medios y bajos

El Gobierno nacional resolvió poner en marcha el recorte de los subsidios a los consumos de gas para los usuarios residenciales de ingresos medios y bajos.
29/05/2024
A

partir del 1 de junio y hasta el 30 de noviembre comenzará a regir un recorte a los subsidios de gas natural que en la actualidad benefician los usuarios de ingresos medios y bajos, y que hacen que paguen un porcentaje mínimo del precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte.

El decreto 465/2024, que lleva las firmas del presidente Javier Milei y su ministro de Economía Luis Caputo, se reitera que se va a reestructurar el régimen de subsidios a la energía y que para ello se establece que el período de transición hacia los “subsidios energéticos focalizados” se extenderá desde el 1 de junio hasta el 30 de noviembre, con la posibilidad de ser prorrogado por otros seis meses.

En el marco de este proceso, a partir de junio comenzará a recortarse el subsidio al gas natural que alcanza a los usuarios de ingresos medios y bajos, sobre el esquema de segmentación tarifaria vigente desde la administración anterior.

El decreto también determina que los futuros aumentos no tendrán más un tope atado al coeficiente de variación salarial (CVS) del año anterior, ya que la segmentación vigente desde 2022 contemplaba que la suba de las tarifas para los usuarios N2 (ingresos bajos) no podía superar el 40% del CVS del año anterior y para los N3 (ingresos medios) el límite era 80% del indicador.

Se faculta a la Secretaria de Energía de Nación a “establecer topes a los volúmenes de consumo subsidiados en todas las categorías y segmentos residenciales”, debiendo contemplar para ello “el criterio de consumo indispensable, a cuyo efecto podrá considerar la zona bioambiental en la que se ubica el consumo y la época del año”, y, además, a “aplicar a los usuarios de las categorías denominadas Nivel 2 y Nivel 3 del RASE descuentos sobre el componente energía que se traslada a las tarifas finales correspondientes a la categoría residencial”, pudiendo “fijar el nivel de los descuentos o bonificaciones que recibirán los beneficiarios durante el Período de Transición”.

También determina que “durante la vigencia del Período de Transición, la Autoridad de Aplicación deberá considerar, además, la existencia de otros regímenes de beneficios” entre los que se cuenta el de zona fría “o subsidios a la energía vigentes, a fin de recomendar o proceder a su adecuación, eliminación y/o reemplazo. En particular, la Autoridad de Aplicación deberá proveer un mecanismo para establecer los beneficios que correspondan a las entidades de bien público, clubes de barrio y de pueblo, y otras categorías de usuarios sin fines de lucro asimilables”.

El impacto final que tendrá para los usuarios N2 y N3 todavía no está precisado. Sí se estima que no afectará a los usuarios N1 (altos ingresos) ya que estos ya no tienen subsidios en sus boletas de energía.

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