l secretario del Juzgado Federal del Juzgado Federal de Río Grande, Juan Manuel Vicente, explicó el fallo de la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia en torno al tarifazo del gas que afecta a los usuarios fueguinos y a las actuaciones de la jueza Federal de Río Grande Mariel Borruto.
“Esto inicia con un pedido del Gobierno de la provincia que pedía la invalidez de una resolución de la Secretaría de Energía que instruía al ENARGAS a hacer un nuevo tarifario del gas y a partir de ese nuevo tarifario se emitieron facturas de montos muy elevados por sobre el consumo que había habido”, recordó Vicente.
“A partir de eso uno de los planteos fue dejar sin efecto esa resolución y que hasta tanto se resuelva la cuestión que no se produzcan cortes de suministro dado que el corte de suministro provoca en el usuario un daño que no se puede reparar después cuando se termine de resolver la cuestión”, agregó.
“La jueza dijo hasta tanto yo tenga la respuesta de ENARGAS y de la Secretaría de Energía sobre esto que planteó la provincia vamos a disponer que no se puedan realizar cortes a partir de las facturas con aumentos hasta tanto resolvamos la cuestión.
Este, como varios asuntos de la causa fueron apelados por los organismos estatales. Uno de ellos fue esta medida que la Cámara de Apelaciones indicó que estaba bien adoptada, que era una medida acorde para el caso que teníamos y que era adecuado que la jueza hubiese ordenado que no se produzcan cortes hasta tanto se resuelva sobre esta otra medida de los aumentos”, expuso.
Otra de las cosas que se cuestionó, entre lo que planteó el ENARGAS, fue una recusación de la jueza. La recusación es una herramienta que tienen las partes para pedir el apartamiento de los jueces cuando consideran que hay algún elemento que impide que puedan realizar su trabajo con la objetividad e imparcialidad que requiere el trabajo de un juez.
“En este caso puntual se planteó la recusación, por eso la jueza no pudo resolver en estas últimas semanas sobre esta cuestión porque estaba recusada a partir de lo que el ENARGAS considera que fue un adelanto de opinión; que había adelantado su opinión final en algún segmento de las resoluciones que había emitido. Lo que dijo la Cámara es que no había adelanto de opinión porque la jueza estaba resolviendo lo que le plantaban y lo único que había hecho había sido una descripción de una circunstancia objetiva en cuanto a las partes que integraban las causas y que eso no era un adelanto de opinión ni ponía en riesgo la imparcialidad y la objetividad de la jueza para resolver”, aclaró.
Vicente señaló que “lo único que se resolvió hasta ahora es esta primera medida es no permitir los cortes, no se ha resuelto nada respecto de la naturaleza de estos aumentos si corresponde hacerlos o no”.
Finalmente, indicó que “lo que resta resolver es justamente lo que había pedido la provincia en cuanto a la invalidez de las resoluciones que dispusieron este nuevo cuadro tarifario y es lo que se encuentra la jueza en condiciones de resolver en los próximos días”.