La Caja de Jubilaciones debe certificar si es deficitaria
Sistema previsional fueguino

La Caja de Jubilaciones debe certificar si es deficitaria

El organismo de la seguridad social debe realizar una recopilación de las historias laborales de los aportantes y beneficiarios, la posterior simulación de los cálculos pertinentes, para en caso de surgir déficit solicitar financiamiento nacional.
10/07/2024
E

l Tribunal de Cuentas de la Provincia solicitó al presidente de la Caja de Previsión Social de la Provincia, Roberto Bogarín, instrumente los medios pertinentes para acceder a la asistencia financiera establecida en el artículo 27 de la Ley nacional 27.260 que creó el “Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados”.

La mencionada Ley Nacional trata diversos temas impositivos, legales, financieros, económicos, previsionales, etc., y a su vez expone una nueva corriente nacional en busca de la armonización de la totalidad de las cajas jubilatorias provinciales no transferidas a la Nación, entendiéndose esta, como la convergencia de los parámetros jubilatorios provinciales con los nacionales.

El pedido del organismo de control a la Presidencia de la Caja fue volcado en el informe de la Cuenta de Inversión 2023, aprobado por resolución 109/2024, el cual fue girado al Organismo de Previsión Social de la Provincia.

En la resolución, se subraya que “la tarea de recopilación de las historias laborales de los aportantes, beneficiarios y la posterior simulación de los cálculos pertinentes bajo los parámetros de Nación determinaría un déficit que deberá ser financiado por el Estado Nacional en lo inmediato o sentará las bases para su obtención en el futuro próximo”.

En el informe, surge que la Caja de Previsional Social de Tierra del Fuego se encuentra dentro de los sujetos alcanzados en la norma nacional para acceder a la asistencia financiera.

Además, cabe resaltar, que la normativa mencionada se encuentra actualmente vigente, y no exige necesariamente la modificación de la normativa provincial que contempla en nuestra provincia casos o situaciones particularidades y/o realiza coberturas en condiciones diferentes, sino que respeta tales características diferenciadas permitiendo que se continúen liquidando los beneficios bajo la normativa local, pero debiendo ser la propia provincia la que financie el pago del déficit ocasionado por dichas particularidades.

Por lo antes expuesto, en caso de que exista déficit resultante luego de la simulación, este debería ser financiado por la Nación, como lo hace actualmente con las provincias cuyas cajas fueron transferidas, igualando a todas las provincias argentinas.

El Tribunal de Cuentas advierte que seis de las provincias argentinas que no han transferido sus regímenes previsionales al Estado Nacional, perciben actualmente el subsidio nacional en el marco de la ley mencionada, mediante la percepción mensual de una doceava parte del último monto del déficit (definitivo o provisorio), no así la caja provincial de Tierra del Fuego.

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