Condenan a OSEF a la entrega inmediata de medicamentos
Niña con discapacidad

Condenan a OSEF a la entrega inmediata de medicamentos

La Justicia provincial resolvió en favor de una madre que reclamaba la entrega inmediata de medicamentos e insumos médicos para su hija, una niña con discapacidad, que OSEF se negaba a entregar. La juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 de Ushuaia, Dra. Gustavo F. González, consideró que la obra social actuó de manera arbitraria al demorar la entrega de los insumos, poniendo en riesgo la salud de la niña.
03/09/2024
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a sentencia, dictada ayer, detalla la larga lista de pedidos que la madre realizó a OSEF desde febrero de 2024. En cada uno de los casos, los requerimientos fueron calificados como urgentes por la obra social, pero la entrega de los insumos se dilató de manera inexplicable, llegando a demorarse hasta seis meses en algunos casos.  La falta de respuesta y la ausencia de justificación de parte de OSEF, sumada al estado de vulnerabilidad de la niña, llevó a la juez a determinar que la obra social había incurrido en una "negativa tácita" hacia la madre y que la demora constituía un acto "ilegal y arbitrario", atentando contra el derecho a la salud de la niña.

La juez González ordenó a OSEF la entrega inmediata de los insumos solicitados, dentro de un plazo máximo de treinta días, además de imponer una sanción de $50.000 diarios al directorio de la obra social, a partir del vencimiento del plazo para la entrega de los insumos.

Los directivos de OSEF sancionados con una multa diaria de $50.000 son:

Mariana HRUBY, presidenta y Leonardo OLGIATTI, Vicepresidente (ambos representantes por el Poder Ejecutivos), mientras que los directores electos por la lista del SUTEF José María MARTÍN, Vicepresidente 2° y Franco TOMASEVICH, Vicepresidente 3° también fueron intimados judicialmente al igual que Hruby y Olgiatti.

La multa comenzará a computarse recién a partir del vencimiento del plazo máximo de treinta días corridos dispuesto en la sentencia, una vez que se compruebe un efectivo incumplimiento de la condena de parte de la obra social accionada. 

La sentencia dictada por el juez de primera instancia Gustavo González configura un nuevo precedente en favor de los afiliados de la OSEF y para las obras sociales en general, en cuanto a la necesidad de brindar una atención médica oportuna y eficiente a sus afiliados, especialmente en casos de personas en situación de vulnerabilidad.

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