Sistema acusatorio desde diciembre
Código Procesal Penal Federal

Sistema acusatorio desde diciembre

El Ministerio de Justicia de la Nación confirmó que a comienzos del próximo mes entrará a regir el Código Procesal Penal Federal en las provincias de Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego. Se busca reducir el tiempo que duran los juicios.
07/11/2024
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n menos de un mes, precisamente el lunes 2 de diciembre, comenzará a regir el Código Procesal Penal Federal (CPPF) en Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego. Así lo confirmó en un comunicado oficial el Ministerio de Justicia de la Nación, en el cual se consignó que ya rige en las provincias de Neuquén y Río Negro.

Desde el Ministerio que conduce Cúneo Libarona afirmaron que “este nuevo sistema pone fin a los juicios eternos: permite llevar preso a un delincuente en horas cuando antes se tardaban años. A su vez, fortalece el accionar de los fiscales para que actúen con mayor rapidez”.

“En provincias donde ya lo hemos implementado, como Jujuy, Salta, Santa Fe, Mendoza, San Juan y San Luis, los tiempos de los juicios se han reducido notablemente. Por ejemplo, en Santa Fe se obtuvo una sentencia por narcotráfico en 30 días cuando antes se tardaba más de 3 años”, sostiene el comunicado.

El nuevo CPPF establece un sistema adversarial, en el que tanto la fiscalía como la defensa esgrimen sus argumentos y elementos de convicción, y los jueces controlan y deciden, sin involucrarse en la teoría del caso esbozada por las partes. Exige una rígida separación de funciones.

En este marco, los fiscales promueven la acción penal y dirigen de manera exclusiva la investigación penal contra los presuntos autores y partícipes de un hecho delictivo. Luego, ese mismo fiscal -otra novedad- deberá eventualmente sostener y acreditar su acusación en un juicio oral y público. Los jueces, en tanto, garantizan que se cumpla la ley durante el proceso, además de controlar las garantías constitucionales.

Todo el proceso tramita esencialmente con audiencias orales y públicas -donde se concentra la mayor actividad procesal posible- y sin un expediente. El Ministerio Público Fiscal forma un legajo de investigación al que no pueden acceder los jueces.

La etapa de juicio está a cargo de los jueces con funciones de juicio, que continúan agrupados en tribunales. Las novedades introducidas por el CPPF para esta etapa radican fundamentalmente en una marcada contradicción para introducir información y producir prueba en el contexto de absoluta inmediación del juzgador.

Todo el proceso, incluidas las tres fases hasta una hipotética sentencia en juicio (de investigación preliminar, intermedia y de juicio) no puede prolongarse más allá de los 36 meses en total.

La investigación preliminar tendrá una duración máxima de un año, con la posibilidad de habilitar seis meses de prórroga.

La etapa intermedia tendrá hasta 30 días de extensión, y la etapa de juicio oral deberá ser resuelta en hasta cinco meses.

En cuanto a los casos de mayor complejidad, como el narcotráfico o la trata de personas, el CPPF establece la posibilidad de extender cada uno de estos plazos y una potencial duración máxima -para completar todo el proceso- de 6 años.

 

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