l Fiscal ante el Superior Tribunal de Justicia, Eduardo Urquiza, dictaminó con fecha 18 de noviembre en el causa caratulada Tavarone, Valter Carlos c/ Concejo Deliberante de Ushuaia, recomendando rechazar la acción promovida por concejales Valter Tavarone y Francisco Espeche, ambos por derecho propio e invocando el carácter de concejales de la ciudad de Ushuaia.
Los demandantes impugnaron semanas atrás la aprobación de la ordenanza aprobada en primera lectura que avanzaría con la creación del Ente Municipal de Turismo, alegando nulidad absoluta del proceso por irregularidades. Sin embargo, a entender del jefe de fiscales provinciales, la máxima autoridad del Ministerio Público provincial recomendó el rechazo de la demanda.
En primer lugar, Urquiza se centró en la falta de legitimación activa. Citando jurisprudencia previa, afirmó que los demandantes no demostraron daño concreto ni un interés jurídicamente tutelado, exigiendo "la existencia de un interés jurídicamente tutelado que se encuentre controvertido en forma actual o inminente". Además, Urquiza cuestionó la pertinencia de la intervención judicial en aspectos internos del Concejo Deliberante: "el núcleo de la queja se refería a aspectos procedimentales internos (...) la intervención judicial en tales asuntos era inapropiada a menos que se violaran claramente derechos fundamentales".
Por otra parte, el dictamen desestima la alegación de vicios en el procedimiento, recalcando que "el procedimiento que el Concejo Deliberante... ha decidido implementar al asunto nº 1186...conforme la propia accionada manifiesta perseguir y tutelar". En consecuencia, se argumenta que las irregularidades señaladas carecen de la gravedad suficiente para justificar la anulación de la decisión del Concejo: "no se advierte que tales condicionamientos y recaudos efectivamente sean los que exijan adelantar una decisión judicial". En tal sentido, Urquiza enfatizó en su escrito que la impugnación se centró en aspectos de funcionamiento interno del Concejo, concluyendo que "no resulta pasible de revisión judicial, no al menos del modo en que se pretende".
Finalmente, el magistrado destacó la ausencia de "perjuicio irreparable" y "peligro en la demora", reiterando la falta de afectación a derechos fundamentales que justifique la intervención judicial. Por lo tanto, el dictamen concluye: "En los términos que anteceden, dejo evacuada la vista, siendo de opinión que la acción entablada resulta improcedente".
Si bien el dictamen no es vinculante, es una posición técnico-jurídica del Ministerio Público que ahora continuará tramitando ante el Superior Tribunal, organismo judicial que dispondrá la resolución definitiva del caso, seguramente sentando un nuevo precedente sobre los procesos de elaboración de normas con implicaciones para futuros planteos que puedan sucederse en el Concejo Deliberante de Ushuaia.