or considerar que “la garantía de provisión gratuita de productos protectores solares durante todo el año (…) para pacientes sin obra social” importaría un compromiso presupuestario “demasiado alto”, que incluso podría poner en crisis la cobertura
del “resto de las prestaciones médicas” a cargo del ministerio de Salud, el Poder Ejecutivo resolvió vetar parcialmente un proyecto de ley que tiene por finalidad que el estado provincial “desarrolle acciones de difusión, concientización y prevención del cáncer de piel provocado por la exposición a los rayos ultravioletas (UV) desde una perspectiva integral de la salud, entendiendo a la misma como un derecho humano fundamental”.
La iniciativa, aprobada por unanimidad en la sesión del pasado 11 de diciembre, crea el programa "Salí al Sol", en cuyo marco establece que se deberán implementar acciones preventivas como la instalación de solmáforos y la difusión diaria “en las redes sociales, páginas webs, anuncios de servicio público en la radio y televisión del gobierno provincial los niveles de radiación ultravioleta para la Provincia que publica el Servicio Meteorológico Nacional, Ias medidas de cuidado y la promoción de la fotoprotección (física y protectores solares), como así también todas las acciones del Programa "Salí al Sol", y, además, establece la obligatoriedad para el estado provincial de “brindar, para aquellos pacientes sin obra social, una cobertura del 100% para la adquisición de productos de protectores solares con FPS 30 a mayor, en las cantidades necesarias según prescripción médica”.
Aun cuando, durante la sesión, la legisladora Victoria Vuoto (PJ) aseguró que se había “acordado” con las autoridades del Ministerio de Salud la provisión gratuita de protectores solares para la población sin cobertura de salud, las áreas técnicas de la cartera evaluaron que “la garantía de provisión de productos protectores solares al 100%
durante todo el año, (...) la cantidad total de productos protectores que debe proveer el Ministerio de Salud correspondería a una suma del presupuesto demasiado alta para poder garantizar el cumplimiento de dichos artículos, en el actual contexto económico, el resto de las prestaciones médicas comprometidas y la falta de apoyo financiero del Ministerio de Salud de la Nación”, por lo que recomendaron vetar el inciso a) del artículo 5°, que determina que una de las funciones del programa “Salí al Sol” es la “garantizar el acceso gratuito, universal y equitativo a productos de protección solar”; y los artículos 8° y 9° que son los que establecen que será “la Provincia” la responsable de brindar la cobertura del 100% en la compra de protectores solares para pacientes sin obra social.
Si bien el artículo 67 de la Constitución Provincial ordena que “toda ley que implique o autorice erogaciones deberá prever el recurso correspondiente”, en esta, cómo en tantas otras oportunidades, los parlamentarios cumplen esa manda con cierta laxitud. A modo de ejemplo de ello, el proyecto en crisis indica que “a los fines de garantizar el cumplimiento de los objetivos de esta ley, el Poder Ejecutivo preverá anualmente la correspondiente asignación presupuestaria”.